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ORIGEN:
El origen de las provincias argentinas se
remonta a la conquista y al régimen
de gobierno y administración creado
durante la dominación española.
Así, encontramos tres grandes corrientes
del poblamiento de la región. En
primer lugar aparece la corriente proveniente
de España, la cual ocupó la
Cuenca del Plata, dando lugar a la fundación
de las ciudades de Santa Fe (1573), Buenos
Aires (1580) y Corrientes (1588). La segunda
corriente fue la del Norte y ella ocupó
el norte y centro del territorio actual
argentino, denominado Tucumán; dio
lugar a la fundación de las ciudades
de San Miguel de Tucumán (1565),
Córdoba (1573), Salta (1582), La
Rioja (1591), Jujuy (1593) y Catamarca (1683).
Finalmente, la tercer corriente fue la del
Oeste, la cual ocupó la zona de Cuyo
y generó las fundaciones de Mendoza
(1561), San Juan (1562) y San Luis (1596).
El Virreinato del Río de la Plata
fue creado el 27 de julio de 1776 por Carlos
III, en un primer momento, en forma provisoria.
Fue formado por siete provincias y ellas
fueron Buenos Aires, Tucumán y Cuyo
(las que permanecieron en el actual territorio
argentino), Paraguay, Potosí, Santa
Cruz de la Sierra y Charcas. En 1782, fue
dividido el virreinato en ocho intendencias,
las que tenían a su cargo las potestades
de Justicia, Policía, Hacienda y
Guerra. Las tres intendencias erigidas en
territorio argentino comprendieron nuestras
primeras catorce provincias. Así,
la intendencia de Buenos Aires extendía
su jurisdicción sobre Buenos Aires,
Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes,
Misiones y la Banda Oriental; la intendencia
de Córdoba del Tucumán se
extendía sobre Córdoba, Mendoza,
San Juan, San Luis y La Rioja; finalmente,
la intendencia de Salta se extendía
sobre Salta, Jujuy, Tucumán, Santiago
del Estero y Catamarca.
FORMACION
DE LAS PRIMERAS CATORCE PROVINCIAS:
La
actual provincia Buenos Aires se separó
el 13 de enero de 1812, cuando el Triunvirato
aceptó un pedido del Cabildo por
el que se reclamaba que el gobierno particular
de la provincia no fuera ejercido por el
gobierno general, pero, con el transcurso
de los años, se instaló en
Buenos Aires el gobierno nacional. En febrero
de 1820, el ejército del general
José Rondeau fue derrotado por Francisco
Ramírez y Estanislao López,
lo cual hizo desaparecer el gobierno nacional
dejando a cada provincia como dueña
de su propio destino. Así, al producirse
la disolución de los poderes nacionales
(tanto del Directorio como del Congreso),
la provincia de Buenos Aires se vio obligada
a organizarse como tal, siguiendo el ejemplo
de las demás provincias. Dos semanas
después de la derrota, un cabildo
abierto eligió a doce representantes
de tendencia federal, a los que otorgaron
amplias facultades. Se reunió una
Junta de Representantes y eligió
como gobernador a Manuel de Sarratea, designado
en forma provisional hasta que pudiera reunirse
el voto de la campaña. La constitución
de su Primera Junta de Representantes y
la elección del gobernador por la
misma señala la aparición
de Buenos Aires como un estado provincial,
dentro de las comunidades provinciales argentinas.
Como consecuencia de esto, la Gobernación
Intendencia de Buenos Aires, bajo la coacción
de los vencedores, se constituyó
en provincia autónoma y fue con esta
que los caudillos victoriosos celebraron
el Tratado del Pilar (23 de febrero de 1820),
el cual aseguraba el triunfo del principio
federal.
El 10 de septiembre de 1814, se decretó
la creación de las provincias de
Entre Ríos y Corrientes. Ahora bien,
la revolución federal de 1815 obligó
al gobernador intendente de Entre Ríos
a abandonar la provincia. José E.
Hereñú proclamó la
independencia de la provincia bajo el protectorado
de Artigas; en 1818, el gobierno quedó
en manos del general Francisco Ramírez.
Firmado el Tratado del Pilar luego de la
victoria en Cepeda y asilado Artigas en
Paraguay luego de ser derrotado por Ramírez,
en septiembre de 1820, se constituyó
la República de Entre Ríos,
formada por las provincias de Entre Ríos
y Corrientes y el territorio de Misiones,
bajo el gobierno del mismo Ramírez.
Buenos Aires, resuelta a evitar el triunfo
del sistema federal, aliada con Santa Fe,
promovió un nuevo conflicto en el
que fue derrotado y muerto Ramírez,
por lo que se disolvió la República
de Entre Ríos. En ausencia de Ramírez,
Ricardo López Jordán ejerció
el gobierno, pero el coronel Lucio Mansilla,
de acuerdo con Santa Fe y Buenos Aires,
se sublevó y en septiembre de 1821,
asumió el mando político como
gobernador provisorio. Fueron convocadas
elecciones para elegir el Congreso que comenzó
a funcionar ese mismo año y, finalmente,
dictó una constitución y confirmó
a Lucio Mansilla como primer gobernador,
cuyo período dio su fisonomía
a las instituciones entrerrianas. La muerte
de Ramírez repercutió en Corrientes
y, en octubre, una revolución depuso
a Carriego. Luego del interinato de Nicolás
R. de Atienza, el Congreso provincial, a
fines de 1821, eligió gobernador
a Juan José Fernández Blanco
y dictó la primera constitución.
Así, la existencia de la provincia
de Corrientes quedó definitivamente
asegurada.
Artigas había extendido su influencia
sobre la provincia de Santa Fe, pero, dado
el descontentó de los santafecinos,
se facilitó el ingreso de las fuerzas
nacionales del general Juan José
Viamonte, quién nombró un
teniente gobernador. El accionar de los
hombres de Viamonte dio lugar a un nuevo
movimiento popular que volvió a emancipar
a Santa Fe y elevó al gobierno a
Mariano Vera en mayo de 1816. Este fue depuesto
dos años después por un movimiento
revolucionario y del gobierno del Cabildo
se hizo cargo Estanislao López. Estalla
entonces un conflicto armado con el gobierno
nacional. Finalmente, Santa Fe se separó
de la provincia de Buenos Aires a través
de la Paz de San Lorenzo el 12 de abril
de 1819), bajo el gobierno de Estanislao
López, quien se autoproclamó
gobernador interino.
El 8 de octubre de 1814 se separó
la provincia de Tucumán al dividirse
la provincia de Salta. Un motín militar,
el 11 de noviembre de 1819, depuso al gobernador
intendente y un cabildo abierto, en su lugar
nombró al coronel mayor de milicias
Bernabé Aráoz, pero, cuando
este trató de organizar la provincia
y convocó un congreso provincial
para dictar una constitución, el
congreso dictó una constitución
que, en su preámbulo, declaraba a
Tucumán como una república
independiente. La disolución de la
República del Tucumán provocada
por la caída de Aráoz, el
28 de agosto de 1821, hizo que la ciudad
de Tucumán y su jurisdicción
se organizara en provincia; bajo el gobierno
interino de Clemente Zavaleta se reunió,
en mayo de 1822, la Sala de Representantes
de la Provincia de Tucumán. Anteriormente,
por descontentos con Tucumán, el
comandante Juan Felipe Ibarra marchó
sobre la ciudad de Santiago del Estero y
desalojó a los tucumanos; pocos días
después, un manifiesto dado por Aráoz
en Tucumán provoca la ruptura definitiva
y la constitución de Santiago del
Estero, bajo la gobernación de Juan
Felipe Ibarra y con Legislatura propia,
como provincia argentina (abril de 1820).
Catamarca siguió los pasos de Santiago
del Estero y un cabildo abierto, el 25 de
agosto de 1821, declaró la disolución
de los vínculos que la subordinaban
a Tucumán, eligiendo a Nicolás
Avellaneda y Tula como primer gobernador;
el año siguiente comenzó a
cumplir sus funciones la
LEGISLATURA
DE LA PROVINCIA:
Recuperada la ciudad de Salta a mediados
de julio de 1821 de manos españolas,
fueron elegidos representantes provinciales,
los cuales se reunieron en junta y dictaron
la constitución provincial (agosto
de 1821). A continuación eligieron
gobernador al coronel José Antonio
Fernández Cornejo y, así,
la provincia quedó definitivamente
constituida. Jujuy, dependiente de Salta,
tardó en triunfar en sus aspiraciones
autonomistas, por lo que, recién
a fines de 1834, un movimiento popular dirigido
por el teniente coronel José María
Facio proclamó la separación
de Salta. La Legislatura salteña
reconoció la separación, por
lo que, rápidamente, se formaron
instituciones locales (el poder legislativo
ya funcionaba a principios del año
1835) y se nombro a José María
Facio como primer gobernador.
Un cabildo abierto proclamó la independencia
de la provincia de Córdoba y entregó
el gobierno al Cabildo, el 17 de enero de
1820, como consecuencia de la sublevación
en la Posta de Arequito. Seis días
más tarde, otro cabildo abierto eligió
como gobernador intendente interino a José
Javier Díaz, sucedido por Juan Bautista
Bustos. Al ser depuestas las autoridades
y entregado el gobierno al Cabildo, La Rioja
se separó de Córdoba el 24
de enero de 1820. El coronel mayor Francisco
Antonio Ortiz de Ocampo, quien había
inspirado el movimiento revolucionario,
fue electo gobernador; en 1823 se conformó
la Legislatura de la provincia. Córdoba,
finalmente, aceptó la separación.
Durante el mes de octubre de 1813, en vistas
de la situación chilena y de la posible
invasión española, se dispuso
la formación de una gobernación
intendencia, con la denominación
de provincia de Cuyo, con capital en Mendoza,
de manera que salía de la órbita
cordobesa. El 1º de marzo de 1820 un
cabildo abierto de la ciudad de San Juan
proclamó la autonomía de la
provincia. El capitán Mariano Mendizábal,
quien había depuesto al teniente
gobernador para dar lugar al cabildo abierto,
fue electo gobernador por el mismo cabildo;
en 1821 comenzó a funcionar la Legislatura.
Los acontecimientos sanjuaninos repercutieron
en el resto de la provincia de Cuyo y, en
San Luis, fue también depuesto el
teniente gobernador y el Cabildo local se
convirtió en Cabildo gobernador,
presidido por José Santos Ortiz,
haciéndose cargo de las facultades
política, militar, de hacienda y
de guerra; recién en 1825 comenzó
a funcionar la Legislatura. Al sublevarse
Mendizábal, desde Mendoza, el gobernador
intendente de Cuyo envió fuerzas
para sofocar la revuelta, pero dada la situación
de la capital cuyana debió entregar
el gobierno al Cabildo, el que no tardó
en ser depuesto por un movimiento revolucionario
que elevó a Pedro José Campos
al gobierno en febrero de 1820; en ese mismo
año se organizó la Legislatura.
Fue de esta manera en que aparecieron las
provincias argentinas anteriores a la Constitución
Nacional de 1853, con el carácter
de unidades políticas autónomas.
Las instituciones propias de estas provincias
se van configurando a lo largo del período
preconstitucional. Al producirse la Revolución
de Mayo de 1810, las tres provincias del
Virreinato rioplatense que constituyeron
la piedra angular de la nacionalidad argentina,
conservaban como estatuto de gobierno la
Real Ordenanza de Intendentes (enero de
1782). La Revolución opera a lo largo
de la primera década de nuestra existencia
nacional una transformación substancial
en el gobierno provincial y así los
representantes del monarca absoluto se convierten
en representantes del pueblo. Entonces,
cada provincia procura dar forma a su organización
local con su gobernador, su asamblea representativa
y su administración de justicia;
igualmente, el predominio del gobernador
fue visible, a partir de 1835, fundamentalmente.
Ideas, tradiciones y costumbres han elaborado
las instituciones locales. Los españoles
nos transmitieron el cuadro de su administración
y los principios autoritarios en materia
de gobierno. Al pensamiento político
francés debemos la doctrina de la
soberanía del pueblo, la teoría
de la división tripartita de los
poderes gubernamentales y la declaración
de los derechos del hombre. Los Estados
Unidos nos dieron los principios contenidos
en su declaración de independencia,
la teoría de una constitución
como ley suprema del estado, comprensiva
de los derechos civiles y de la organización
del gobierno, y también los modelos
constitucionales de los estados particulares
integrantes de la Unión.
GOBERNADORES
Y TERRITORIOS NACIONALES:
Al dictarse la Constitución de 1853
se estableció en la misma, entre
las atribuciones del Congreso, "fijar
los límites de las provincias, crear
otras nuevas y determinar con una legislación
especial, la organización, administración
y gobierno que deben tener los territorios
nacionales que queden fuera de los límites
que se asignen a las provincias" (Art.
64; hoy 75, inciso 15). Las jurisdicciones
provinciales no se hallaban debidamente
determinadas, lo que creaba dificultades
en materia de límites, sin contar
que cada provincia se atribuía territorios
sobre los cuales no podía hacer efectiva
su autoridad. Regularizada la vida del país,
el Congreso debía fijar definitivamente
los límites entre las provincias,
cometido aún no terminado, y señalar
el destino de los territorios que se hallaban
fuera de su jurisdicción efectiva.
En octubre de 1862, el nuevo Congreso dictó
la ley Nº 28 que establecía
que "todos los territorios existentes
fuera de los límites o posesiones
de las provincias son nacionales, aunque
hubiesen sido enajenados por los gobiernos
provinciales desde el 1º de mayo de
1853". La ley nacional Nº 1532,
de 1884, dividió los territorios
nacionales en las siguientes gobernaciones:
La Pampa, Río Negro, Neuquén,
Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Misiones,
Formosa y Chaco. Su gobierno fue entregado
a un gobernador nombrado por el Poder Ejecutivo
de la Nación, con acuerdo del Senado.
La justicia de Paz y el gobierno municipal
se organizaban conforme a las condiciones
existentes entonces en los referidos territorios.
Se estableció que las gobernaciones
que alcanzasen 30 mil habitantes tendrían
una legislatura local, porque recién
al alcanzar los 60 mil habitantes una gobernación
tendría derecho a ser declarada provincia
argentina; la sección que tuviera
más de mil habitantes tendría
derecho a elegir un Concejo Municipal. La
legislatura prevista por la ley nunca fue
creada. Esta ley presidió el progreso
de las gobernaciones nacionales y las preparó
para convertirse en provincias; el proceso
fue, sin embargo, lento.
Las cuestiones suscitadas en materia de
límites internacionales con el Paraguay
después de terminada la guerra de
la Triple Alianza, hicieron que Sarmiento,
en 1872, creara el gobierno del Chaco. En
1874 este gobierno fue dividido. Así,
gracias a la ley Nº686, apareció
la gobernación del Chaco, al crearse
una jefatura política en el Chaco
austral, entre el río Bermejo y el
Arroyo del Rey. En 1884, durante la presidencia
de Julio A. Roca, la gobernación
sufrió las modificaciones establecidas
al régimen de territorios nacionales
establecida por la ley Nº 1532. Pero
los territorios nacionales habían
acrecentado su población con el transcurso
de los años y, en varias ocasiones,
se estudió la posibilidad de la provincialización.
La ley Nº 14037, de agosto de 1951,
provincializó el territorio de Chaco
(junto a La Pampa) fijando como límites
los del territorio provincializado y manteniendo
la capital vigente. Se dictaron las respectivas
constitución provincial a través
de una Convención especialmente convocada,
por lo que para diciembre de 1951 Chaco
tuvo su propia constitución.
Los territorios al norte del río
Bermejo, después del laudo de Rutheford
Hayes (1878), se convirtieron en la gobernación
de Formosa. Al igual que las demás
gobernaciones fue modificada por la mencionada
ley de 1884, pero la ley nacional Nº
14408 de junio de 1955, aceleró el
proceso de provincialización y la
declaró como provincia; la misma
ley fijó, provisoriamente, a la ciudad
de Formosa como capital. Con el gobierno
provisional de la revolución de 1955,
en abril de 1957, se convocó a elecciones
para elegir a los convencionales encargados
de dictar la constitución. Las cinco
constituciones fueron dictadas en el mismo
año.
Bartolomé Mitre tomó la iniciativa
de poblar el territorio patagónico,
promoviendo la colonización de Chubut
por colonos galeses, para lo que una ley
de 1867 dispuso la ocupación, por
el ejército, de la línea de
los ríos Neuquén y Negro.
Recién durante el gobierno del presidente
Nicolás Avellaneda, el Congreso,
en octubre de 1878, dictó la ley
Nº 947 que dispuso la ejecución
de la ley de agosto de 1867 que establecía
la línea de fronteras sobre la margen
izquierda de los ríos Negro y Neuquén,
previo sometimiento o desalojo de los pueblos
indígenas ocupantes de la región.
Esta ley fue de importancia considerable
en nuestra historia porque dio los recursos
necesarios para terminar la guerra contra
los salvajes y permitió establecer
firmemente la soberanía de la Nación
en territorios abandonados. Sin esta ley,
que fue punto de partida de la Campaña
del Desierto, no hubiera podido dictarse
la ley de organización de los territorios
nacionales en 1884, ni menos afrontar ventajosamente
la cuestión de límites con
Chile. Sin embargo, la ley fue cuestionada
en nombre de los derechos de su provincia
por el gobernador Carlos Tejedor, aunque
la posición del general Mitre lo
obligó a ceder. Por pedido del entonces
ministro de Guerra y Marina, J. A. Roca,
los límites fijados fueron definitivos
y, en octubre de 1878, se creó una
gobernación en los territorios de
Patagonia según los parámetros
establecidos para Chaco en 1872, hasta que
se dictara una ley general; la expedición
al desierto aseguró el dominio de
la región. La mencionada ley de 1884
dividió en cinco gobernaciones los
territorios nacionales patagónicos:
Neuquén, Río Negro, Chubut,
Santa Cruz y Tierra del Fuego.
Por un decreto ratificado luego por el Congreso
Nacional, el gobierno de la revolución
de 1943 creó una nueva gobernación,
al declarar como zona militar a la zona
de explotación petrolífera
de Comodoro Rivadavia. El gobierno sería
ejercido por un oficial superior del ejército,
nombrado por el Poder Ejecutivo, con título
de gobernador militar; tenía a su
cargo todas las fuerzas destinadas al lugar
por el Ministerio de Guerra, tanto de policía
como militares. A través de un decreto
del gobierno provisional de 1943 fue transformado
el gobierno del Territorio Nacional de Tierra
del Fuego, al disponer que éste,
junto al de la isla de los Estados, fuera
ejercido por un oficial superior de la Armada,
nombrado por el Poder Ejecutivo, con el
título de gobernador marítimo
de Tierra del Fuego, investido de todas
las facultades establecidas por la ley de
1884. Al igual que en el caso de Comodoro
Rivadavia, estaba a cargo de todas las fuerzas
destinadas al lugar. Un decreto de abril
de 1944 dispuso que se denominara oficialmente
territorio nacional a la entidad territorial
que encerraba sus límites y gobernación
al órgano del estado a cargo de su
administración y gobierno; en cuanto
a la autoridad encargada del gobierno nacional
de Tierra del Fuego mantendría su
denominación de Gobernación
Marítima.
La ley nacional Nº 14408, de junio
de 1955, aceleró el proceso de provincialización
y declaró como provincias a los territorios
nacionales Neuquén y Río Negro
(junto al de Formosa), a la vez suprimía
la gobernación marítima de
Tierra del Fuego y la militar de Comodoro
Rivadavia, en tanto que creaba otras dos
provincias con los nombre de Chubut y Patagonia
para los territorios que la misma ley delimitaba.
La misma ley fijó, provisoriamente,
a las ciudades de Neuquén, Viedma,
Rawson y Río Gallegos como capitales
de estas provincias. El gobierno provisional
de la revolución de 1955 dispuso
la división del territorio de Patagonia
en dos partes. En primer término,
modificó la ley Nº 14408 al
crear la provincia de Santa Cruz, con capital
en Río Gallegos, con el territorio
del antiguo territorio de Santa Cruz, antes
de la creación de la gobernación
militar de Comodoro Rivadavia. En segundo
lugar, poco después, se dispuso la
creación del Territorio Nacional
de Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sur para solucionar
la situación del territorio separado.
Por otra parte, de la misma forma que ocurrió
en el caso de Chaco, La Pampa y Misiones,
en abril de 1957, se convocó a elecciones
para elegir a los convencionales que dictaran
las constituciones de estas cinco nuevas
provincias. Las cinco constituciones fueron
dictadas en el mismo año y ellas
constituciones estuvieron caracterizadas,
al igual que las otras tres, por un poder
legislativo unicameral, la elección
directa del gobernador, mandatos de cuatro
años para el gobernador y diputados,
un poder judicial independiente y un régimen
municipal debidamente organizado.
La expedición de 1879 acabó
con el peligro del indio e hizo efectiva
la jurisdicción de la República
en la región de La Pampa. Así,
la ley Nº 1532, de 1884, estableció
con esta denominación una de las
gobernaciones en que se dividían
los territorios nacionales, pero, con el
transcurso de los años, esta gobernación
había acrecentado su población.
La ley Nº 14037, de agosto de 1951,
provincializó los territorios La
Pampa (junto al de Chaco), fijándole
como límites los del territorio provincializado
y manteniendo a la ciudad de Santa Rosa
como capital. En enero de 1952, se dictó
la constitución provincial a través
de una Convención especialmente convocada.
Muerto Ramírez en 1821 y disuelta
su creación política, Misiones
se erigió en provincia bajo la acción
de su comandante, general Félix Aguirre,
y la protección del gobernador de
Santa Fe, Estanislao López, pero,
en 1827, el gobernador de Corrientes, invocando
la necesidad de concluir con la anarquía
reinante, ocupó Misiones y puso fin
a su existencia como provincia. En diciembre
de 1881, el Congreso dictó la ley
Nº 1149 que fijó los límites
de la provincia de Corrientes y, a la vez,
estableció que el Poder Ejecutivo
Nacional propondría al Congreso la
organización, administración
y gobierno que considerara conveniente,
para la parte del territorio de Misiones
que quedara fuera de la provincia de Corrientes.
Modificada esta disposición por la
ley de 1884, años después,
se siguieron los mismos pasos que en los
casos de Chaco y La Pampa, cuando la ley
Nº 14294, de diciembre de 1953, declaró
provincia al territorio nacional de Misiones,
en la medida que mantuvo los límites
y capital del territorio, a la vez que convocó
a una Convención para que dicte una
constitución (sancionada en noviembre
de 1954). La revolución de septiembre
de 1955, entre las medidas referidas a este
tema y que produjeron diversas modificaciones
a las nuevas provincias, dejó sin
efecto las constituciones sancionadas para
estas tres provincias, por lo cual, en 1957,
se convocó a una Convención
para dictar una nueva, pero sólo
Chaco llegó a dictarla el mismo año.
Por ello, cuando el gobierno provisional
convocó a elecciones generales en
1958 no pudo hacerlo en La Pampa y Misiones,
pero mientras que Misiones lo hizo para
abril de 1958, la provincia de La Pampa
debió ser intervenida con el objetivo
de normalizar sus instituciones y reorganizar
sus poderes.
En lo referente al caso específico
del Territorio de los Andes, la zona cedida
por Bolivia a Argentina por el tratado del
10 de marzo de 1899 carecía de núcleo
organizado de población y de habitantes
suficientes para la implantación
inmediata del gobierno propio, por lo que
se buscó establecer una organización
administrativa, para lo que se dictó
la ley Nº 3906, de enero de 1900. Dos
años después, Salta cedió
una parte de su territorio, en el que se
encontraba San Antonio de los Cobres, pueblo
que fue designado como capital del territorio.
Producida la revolución de 1943,
el gobierno provisional, por decreto, derogó
la ley disolviendo el territorio y distribuyó
su territorio entre Salta, Catamarca y Jujuy.
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Material compilado y revisado por la educadora
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Nidia Cobiella (NidiaCobiella@RedArgentina.com)
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