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Mensaje
Original
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Datos
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Impuestos:
Nuestro
parque opera en el Municipio de General Pueyrredón.
Desde el comienzo de su actividad el Municipio cobra al
usuario un "Derecho de servicio de Inhumación"
de $45 en contraposición con los $4.- que cobra
a los usuarios de los cementerios públicos.
A partir
de la puesta en funcionamiento de nuestros crematorio,
el municipio tambien pretende cobrar $45.- pòr
cada cremación que realizamos. En relación
a otros Municipios, mi consulta es: Los parques abonan
un "Derecho por servicio de Inhumación"
por cada inhumación de ataúd o urna o cenicero
y en el caso de que asi sea, cual es su monto? Los crematorios
privados abonan un "Derecho por servicio de Inhumación"
por cada cremación de ataúd o urna y en
el caso de que asi sea, cual es su monto?.
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Respuestas
(7)
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Datos
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Respondiendo
al colega de Grl Pueyrredon, le informo que el Partido
de La Matanza-Bs As, cobra un derecho de inhumacion de
$ 14 si el fallecido tenía su domicilio dentro
del partido. Caso contrario, a los $14 se le adiciona
una tasa de $ 78. En el caso de las cremaciones, es el
crematorio el que liquida la tasa a ingresar, calculando
un 10% sobre el monto facturado por ese concepto. Cabe
destacar que la facturacion puede abrirse en varios ítems
como por ejemplo: Servicio de Cremacion; Ceremonial; Procesamiento
de Restos; Cremados; Urna. De esta forma el porcentaje
a tributar, se calcularía sobre el item Servicio
de Cremacion exclusivamente. Saludos.
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En nuestro
parque, ubicado en la localidad de Gro. Baigorria, Pcia.
de santa Fe debemos pagar por cada introducción
un importe de $ 73.- equivalente al impuesto más
caro que se abona por igual prestación en el cementerio
municipal. Para los traslados ó reducciones el
impuesto es de $ 55.- y también existe un impuesto
para las exhumaciones.
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En el caso
de San Martín de los Andes, Pcia del Neuquén
, el Municipio cobra $ 20 por cada sepultura, incluso
por sepultura de urnas o cenizas traídas de otras
localidades. Esta tasa la abonan los familiares. En nuestro
caso no hay crematorio.
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La Municipalidad
de Tandil cobra a los usuarios por Derecho de Inhumación
en Cementerio Privado $60 (en Público $12). No
tiene tarifado aún el Derecho de Cremación.
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Lo que el
municipio pretende cobrarle juridicamente NO CORRESPONDE,
ya que el servicio de inhumacion y/o cremacion es realizado
por Ud. a su exclusivo costo y no por empleados y/o dependencias
municipales.El municipio puede cobrar esta TAsa solo contra
la prestacion del servicio ( como ocurrre en un Cementerio
Publico) LE ESTAN ROBANDO LA PLATA, NO PAGUE Y BUSQUESE
UN BUEN ABOGADO.
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Tenemos
crematorios en Jardin de Paz y Parque Memorial. Sus Municipios
son Malvinas Argentinas y Pilar y aún no cobran
tasas de cremacion. Existe si, tasa de inhumacion. En
Malvinas:$75 (tanto por ataúd como por urna cineraria)
En Pilar:$120 (por ataúd y $45 por U.Cineraria)
En Campanario y Gloriam las tasas con $80 y $75 respectivamente.
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En
la ciudad donde opero en la pcia. de Salta, el municipio
no cobra ninguna tasa por inhumación realizada
dentro del Cementerio Parque, pero sí se cobra
un impuesto por traslado de cuerpos en ataúdes
o urnas desde el cementerio municipal al parque, el impuesto
es de $19.20 por cuerpo y lo pagan los familiares. Crematorio
no tenemos.
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